RUT son las siglas de Registro Único Tributario. Un mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos (personas e identidades) contribuyentes del impuesto de la renta y no contribuyentes que declaren ingresos o patrimonio.
¿Que función tiene el RUT?
El RUT sirve para respaldar las relaciones y actividades económicas con terceras personas. El documento específica el tipo de relación comercial, económica y laboral, señalando las obligaciones frente al estado colombiano.
La responsabilidad de darse de alta en el RUT es totalmente de los ciudadanos por lo que es importante conocer en qué circunstancias deben hacerlo
- Guía para inscribirse en RUT a través de internet.
¿Quién tiene que inscribirse en el RUT?
A continuación le enumeramos las situaciones en las que las personas físicas o jurídicas están obligadas a inscribirse en el RUT.
- Personas y entidades contribuyentes y declarantes del impuesto sobre la renta.
- Personas y entidades no contribuyentes pero declarantes de ingresos y patrimonio.
- Responsables de impuestos sobre ventas pertenecientes a los regímenes común o simplificado.
- Agentes retenedores conforme señalado en el artículo 518 del Estatuto Tributario.
- Importadores y exportadores.
- El resto de las personas naturales o jurídicas que participen en las operaciones de importación, exportación y/o tránsito aduanero.
- Inversores y profesionales en la compra y venta de divisas colombianos y extranjeros.
- Personas o entidades no responsables del impuesto sobre las ventas que por disposiciones especiales estén obligadas a expedir factura y requieran la expedición de NIT.
- Personas naturales a nombre de terceros en calidad de representante legal, revisor fiscal ó contador.
- Importadores de maquinaria y sus partes (Decreto 2261 de 2012).
- Contribuyentes del Impuesto sobre la renta para la equidad – CREE?.
- Prestadores del expendio de comidas y bebidas (dispuesto en el numeral 3 del Art. 512-1 del E.T).
- Prestadores de servicios de telefonía móvil.
Si, la Dian requiere el registro de clientes actualizado. Contar con toda la información es la finalidad del RUT.
Actualmente la inscripción en el RUT (Registro Único Tributario) tiene una vigencia indefinida y, por lo tanto, no es necesaria su renovación (Art. 6 Decreto 2788 del 31 de agosto de 2004).